La jueza María Fernanda Castro dictó prisión preventiva para Francisco Sebastián Barreiro Abad, hijo de la vicepresidenta de la República, Verónica Abad, por el presunto delito de oferta de tráfico de influencias. En NotiMundo al Día, André Benavides, explicó que, en el ámbito político, si algún delito de corrupción llega a alcanzar a la segunda mandataria, podría desembocar en un juicio político que termine en su censura y destitución del cargo.

El abogado Francisco Sebastián Barreiro Abad, hijo de la vicepresidenta de la República, Verónica Abad. Foto: Cortesía

Benavides precisó que, en lo jurídico, se debe esperar los 90 días de instrucción fiscal para que, tanto la Fiscalía como el implicado, recaben elementos de convicción para sostener su acusación y estado de inocencia, respectivamente.

Asimismo, recordó que, en caso de que Daniel Noboa oficialice su candidatura, deberá encargar la presidencia de la República a la segunda mandataria para emprender su campaña electoral. «Lo que podríamos interpretar es que (Noboa) la quiere ver fuera», sostuvo, para que así se materialice la figura de abandono del cargo o ausencia definitiva de la funcionaria.

En este caso, se deberá nombrar a un nuevo titular de la Vicepresidencia, por medio de una terna enviada por el primer mandatario a la Asamblea Nacional.

Ante la falta de un pronunciamiento por parte de Abad, Benavides consideró que esto respondería a una estrategia para no tener repercusiones que podrían afectarle en el campo político. «Con guardar silencio, está procurando cuidar la imagen que tiene la figura vicepresidencial», apuntó.

Demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el alza del IVA

En otro tema, Benavides explicó que las demandas de inconstitucionalidad presentadas por Unidad Popular, la Cámara de Comercio de Guayaquil y la Cámara de Industrias de Guayaquil en contra de la ley tributaria que incrementa el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 15 % y que establece dos nuevos tributos que tienen que ver con una contribución especial para las sociedades y las utilidades de la banca, responden a deficiencias en la práctica parlamentaria del Ejecutivo y de la Asamblea Nacional.

Insistió en que el único que tiene la potestad para presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos, es el presidente de la República, por lo que la Legislatura debía limitarse a lo que había remitido Daniel Noboa.

«La Asamblea crea dos nuevos impuestos y deja por fuera el tema del IVA; aprueban ese proyecto y mandan al presidente para el veto correspondiente», dijo Benavides.

A partir de ello se configura una nueva inconstitucionalidad, indicó, pues el jefe de Estado debía limitarse a vetar lo aprobado por el Parlamento, sin embargo, incluyó nuevamente el alza del IVA. A su criterio existen vicios procedimentales, pues se viola la seguridad jurídica al establecer impuestos con efectos retroactivos.

Además, se da carta abierta para que el primer mandatario «juegue» con el porcentaje del incremento del IVA, «cuando la Constitución dice que, en materia impositiva, tienen que estar en Ley y en este caso estamos jugando con decretos ejecutivos», criticó.

Finalmente, señaló que se deberá esperar a lo que resuelva la Corte Constitucional, aunque advirtió que este proceso podría tomar un largo período de tiempo.

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