Desde la cárcel 4 de Quito, Xavier Muñoz continúa recibiendo su sueldo como vocal del Consejo de la Judicatura (CJ). Así lo denunció su suplente, Solanda Goyes, en NotiMundo al Día. Afirmó, además, que el Pleno del organismo continúa en su afán de hacer participar a Muñoz de las sesiones, sin que ella pueda principalizarse, como indica la norma.

Solanda Goyes, vocal del Consejo de la Judicatura. Foto: NotiMundo

Desde diciembre de 2023, el vocal Xavier Muñoz guarda prisión preventiva por presunta obstrucción de la justicia, en el caso denominado «independencia judicial». Solanda Goyes, su suplente, rechazó estas acciones y recordó que no existe una explicación jurídica para ello, pues el Código Orgánico de la Función Judicial indica que, en caso de ausencia del principal, el suplente deberá ocupar el cargo.

A su criterio, esta es una jugada política por parte de Álvaro Román, presidente del CJ, y los vocales Fausto Murillo y Yolanda Yupangui, quienes han actuado «como abogados» de Muñoz. Goyes cuestionó que se siga intentando contar en las sesiones con el vocal encarcelado y que el vocal Murillo haya dicho que la ausencia tiene que ser declarada, cuando ya existe un pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado sobre este caso.

Lo peor, agregó, es que Muñoz y su equipo siguen cobrando sueldo. «Ellos (el Pleno) quieren sostenerlo como vocal (…) dicen que la ausencia de Muñoz no le excluye de su titularidad», criticó. Esto respondería a intereses políticos, pues contra el vocal Murillo se prepara un proceso de juicio político en la Asamblea Nacional, y él estaría gestionando apoyos a través de la entrega de cargos en las direcciones provinciales del CJ.

Concurso para la designación de jueces de la Corte Nacional de Justicia

Por otro lado, Goyes explicó que durante las sesiones del Pleno en las que participó a inicios de año, propuso que se debía crear un reglamento para el concurso de jueces donde se garantice probidad, paridad de género, publicidad y transparencia, pero «parece que eso molestó».

Asimismo, señaló que la norma establece un régimen para jueces de cortes provinciales, donde pueden prorrogarse hasta que se defina su remplazo. Sin embargo, con la Corte Nacional de Justicia (CNJ) rige un régimen distinto, pues allí existen conjueces que son los que deberían sustituir a los magistrados cuyo período feneció.

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