En entrevista en NotiMundo Al Día, Alejandro Baño, miembro del Proyecto Inocente Ecuador by California Inocent Project, habló sobre los cambios que se han generado en el COIP con respecto a la investigación de las desapariciones de personas como delito.

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Por primera vez, las desapariciones de personas serán investigadas como delito. Las reformas están incluidas en el Código Integral Penal.

Al momento no ocurre eso y una desaparición se indaga como un acto administrativo. Esto significa que los fiscales a cargo de los casos se dedican principalmente a la búsqueda de la persona y aseguran tener “limitaciones”, principalmente para recabar evidencias y sancionar a los responsables.

En entrevista en NotiMundo Al Día, Alejandro Baño, miembro del Proyecto Inocente Ecuador by California Inocent Project, explicó que con la tipificación de la desaparición involuntaria de una persona se logra una investigación más seria para encontrar la verdad y responsabilidad.

Baño afirmó que en esta reforma los jueces «no estarán atados de manos», sino que tendrán una herramienta más efectiva para la investigación. Explicó que en estos casos se utilizará a la prueba indiciaria como prueba directa y así poder probar la desaparición involuntaria. Comentó, además, que algunos organismos del Estado se encuentran interesados en optar  estas medidas en otro tipo de delitos.