El proceso de juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso, sufrió un nuevo traspié, tras el envió de la solicitud a la Corte Constitucional (CC). En Notimundo al Día, Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, señaló que la legislatura cometió un nuevo error al enviar la documentación incompleta, sin la resolución de la sesión del 20 de marzo, en la que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el enjuiciamiento.

En Notimundo al Día, Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, criticó los numerosos errores que se han presentado en la solicitud de juicio político al presidente de la República, Guillermo Lasso, y señaló que las equivocaciones por parte de la Asamblea Nacional «ya no son la excepción, sino la regla general».

Explicó que una vez que los proponentes del juicio entregaron el documento a la Corte Constitucional (CC), esta les solicitó que se remita el expediente completo. «El expediente debe enviárselo en su totalidad, no de forma parcial», apuntó el jurista.

A su criterio, lo que se quiso hacer desde la legislatura fue enviar la documentación incompleta para ocultar el vicio procedimental que incurrieron los asambleístas, al momento de reconsiderar la resolución donde se admitió a trámite y calificó el juicio político, para luego reconsiderarla fuera del plazo establecido.

Muñoz recordó que el rol de la CC se rige al contenido de forma y no de fondo de la solicitud, por lo que esta no podrá evaluar la veracidad de los hechos ni de las pruebas, así como tampoco determinar la responsabilidad del presidente Lasso en los delitos de concusión y peculado de los que se lo acusa.

Precisó que los parámetros que le competen evaluar a la CC es que la solicitud haya sido propuesta conforme a lo establecido en la Constitución; que se singularice la infracción y que la tipicidad de las conductas se encuentre dentro de las causales establecidas en el Art. 129 de la Carta Magna; y, emitir el dictamen de admisibilidad.

Finalmente, detalló que la figura de la muerte cruzada podría aplicarse únicamente con el criterio del Presidente de la República, y que la aplicación de dicho decreto no está sujeto a control político por parte de la Asamblea Nacional, ni un control posterior por parte de la CC. «Mal harían los legisladores en querer desconocer ese decreto y seguir legislando», puntualizó.

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