El Tribunal Contencioso Electoral (TCE), negó los recursos de apelación del Movimiento Construye y del Partido Sociedad Patriótica, que pretendían dejar sin efecto la resolución que declaró la nulidad de las votaciones en el exterior. En NotiMundo Estelar, Esteban Ron, experto en derecho constitucional, indicó que esta decisión se la tomó porque los argumentos carecieron de consistencias jurídicas, y que la misma es invariable.

Créditos: El Comercio

Con la resolución del TCE, el próximo domingo 15 de octubre, en las tres circunscripciones del exterior, además de votar por la segunda vuelta electoral, se lo hará también por los candidatos a asambleístas. Esto pese a los 12 recursos subjetivos presentados a la resolución del Consejo Nacional Electoral.

Ron explicó que de los 11 únicamente se calificaron tres, y que fueron rechazados por inconsistencias jurídicas.

Aclaró el Código de la Democracia establece que una vez declarada la nulidad en una determinada circunscripción territorial, el CNE deberá tomar una resolución de reconvocatoria en un plazo de 10 días, y que ese tiempo no es para realizar las elecciones.

“Es uno de los argumentos que Construye ha esgrimido, pero no es tal. Otro artículo que citan era el 62, 4 y 6 en consonancia, donde dicen que las elecciones de asambleístas se realizan en una primera vuelta y que se debería realizar todo el proceso electoral; eso es inaudito. Lo que dispone el status jurídico es que nos encontramos ante una repetición de elecciones, no en primera vuelta”, clarificó.

Por último, recordó que para estos nuevos comicios, al votar ahora de manera presencial, estará abierto el padrón electoral para los cerca de 400 mil ecuatorianos residentes en el exterior. Esto podría poner en riesgo el curul Nº15 (de un máximo de 16) como asambleísta nacional, que obtuvo Lucio Gutiérrez.

Asimismo, espera que los consulados, o los espacios que utilicen para las elecciones, den abasto y la facilidad para que la ciudadanía sufrague sin inconvenientes.

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