El asambleísta independiente, Fabricio Villamar, solicitó, este lunes 10 de febrero, que se inicie un proceso de destitución contra Karina Arteaga, del bloque de Alianza PAIS, por supuesta gestión de cargos públicos.

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Villamar acusó a la legisladora de supuestamente haber incurrido en las prohibiciones que contemplan la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Entre las pruebas, presentó registros de instituciones públicas en donde trabajarían un hermano, dos sobrinas, un yerno y una cuñada de Arteaga.

Además mostró un video en el cual un funcionario de la Corporación Ciudad Alfaro le agradece a la Asambleísta tras su nombramiento. Villamar también adjunta las denuncias presentadas por dos excolaboradoras de Arteaga, quienes la acusaron de cobros indebidos, y que se encuentran en indagación previa en la Fiscalía General.

«Voy a pedir que se aproximen las personas que han denunciado haber sido objeto de extorsión por parte de la asambleísta y en función de eso que la Asamblea tome una decisión», dijo.

Arteaga calificó de falsas a las acusaciones de Villamar, al tiempo que se ha declarado dispuesta a responder a la Fiscalía por las denuncias de supuestos «diezmos».

Procesos similares terminaron en la destitución de las asambleístas Norma Vallejo (AP), Sofía Espín (RC) y Ana Galarza (Creo) en el actual periodo de la Asamblea. Villamar pidió al presidente de la Asamblea, César Litardo (AP) y a los integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL) que se aplique el procedimiento descrito en el artículo 164 de la Ley Legislativa.

El artículo señala: «Para la investigación de los actos señalados en esta ley, será necesario que el asambleísta presente una denuncia juramentada, suscrita por uno, una o más asambleístas, debidamente motivada, dirigida a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional, quien la pondrá en conocimiento del CAL.

“La solicitud será calificada por el CAL en el plazo máximo de cinco días desde la fecha de presentación. En caso de desestimarse la solicitud de investigación, el Consejo de Administración Legislativa deberá sentar en actas los motivos de su decisión.

Fuente: El Comercio – Nota Original: LINK