La Fiscalía presentará a 53 testigos, ante el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, el próximo lunes 26 de septiembre, a las 8:30. Allí está prevista la instalación de la audiencia de juicio contra tres ciudadanos, por presunto lavado de activos en la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF).

El pasado 09 de mayo, los procesados Luis Ch., expresidente de la FEF, y Pedro V., contador, fueron llamados a juicio como coautores. Hugo M., tesorero, fue convocado como autor. Los dos últimos estaban prófugos del proceso, pero se entregaron a la justicia el 07 de septiembre del 2016.

La fiscal del caso, Diana Salazar, manifestó que en la convocada audiencia de juzgamiento, presentará las pruebas anunciadas en la etapa anterior (preparatoria de juicio y sustentación de dictamen), en las cuales constan 47 cartas de autorización de egresos por 16 millones de dólares que no habrían sido legalmente justificados.

También explicó que existirían varias cuentas bancarias de la FEF, con movimientos irregulares que no son justificados ante los organismos de control, como el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Las investigaciones

Desde el 5 de junio del 2015, la Fiscalía General del Estado ecuatoriano inició una investigación, en conjunto con los organismos financieros, al presidente de la FEF de ese entonces y otros dos integrantes del organismo, por lavado de activos.

Actualmente Luis Ch., expresidente de la FEF., se encuentra con arresto domiciliario por ser de la tercera edad.

Vinicio Luna, excoordinador de selecciones, fue sentenciado a 12 meses de prisión y al pago de una multa de 64.800 dólares, el 03 de mayo pasado, tras acogerse al procedimiento abreviado, para lo cual aceptó los hechos que se le imputaron.

Se ratificó el estado de inocencia de Francisco A., en la audiencia preparatoria de juicio y sustentación de dictamen, porque no se encontraron elementos que lo impliquen en esta causa judicial.

Datos

Los procesados habrían enmarcado su conducta de acuerdo al artículo 317, literal A y C, del delito de lavado de activos, sancionado en el Código Orgánico Integral Penal, con una pena privativa de libertad de 10 a 13 años.