Acogiendo los elementos de convicción presentados por la Fiscalía General del Estado, un Juez multicompetente dispuso medidas alternativas a la prisión –como presentación periódica y prohibición de salida del país– contra Ligia A., Moisés V. y Aníbal V. por su presunta participación en el delito de tenencia y porte de armas.

Foto: Fiscalía

La instrucción fiscal durará veinte días, ya que serán juzgados por procedimiento directo.

En la audiencia de flagrancia y formulación de cargos, el fiscal de turno, Rothman Cáceres, relató que Fiscalía, en coordinación con la Policía Nacional, ejecutaron allanamientos en distintos inmuebles del Subtrópico, cantón Caluma, en los barrios Yatuvi y Santa Rosa Bajo.

Los hoy procesados fueron investigados previamente, pues se presume que se dedicaban a la comercialización de armas a bandas delictivas y de delincuencia común.

En su poder se hallaron: cuatro armas tipo escopeta artesanal, calibre 16; tres revólveres artesanales calibre 38, un tipo revólver calibre 38 de fabricación brasileña, una carabina calibre 16, una carabina calibre 22, una pistola marca EKOL con dos alimentadores y su respectiva caja y manual, tres cartuchos calibre 16 percutidos, ocho cartuchos calibre 38, veintisiete municiones calibre 9 mm, quince municiones calibre 22, cuatro municiones calibre 32, una munición calibre 38.

También se encontraron cincuenta fulminantes y 4.505 dólares en efectivo, por lo que fueron aprehendidos.

Además de estas evidencias, Fiscalía justificó el inicio del proceso penal con el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el porte policial de aprehensión, versiones, entre otros.

Información jurídica

El delito de tenencia y porte de armas está tipificado en el artículo 369, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.