En Más Allá de los Hechos, con Estéfani Espín, Alfredo Corral, excontralor general del Estado dijo que las reformas al COIP aprobadas por la Asamblea son solo ´paliativos´ que no llevan a un combate real de la corrupción en Ecuador.

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Crédito: El Telégrafo.

El Pleno de la Asamblea Nacional debatió el pasado, martes 17 de septiembre, las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Entre los temas más álgidos de la discusión estuvieron la despenalización del aborto en casos de violación, el uso del cannabis con fines medicinales, la posibilidad de mostrar el rostro de personas que cometen delitos en flagrancia, el comiso sin sentencia y la incautación de bienes por delitos de corrupción, entre otros.

Para Alfredo Corral, excontralor general del Estado, el comiso sin sentencia, aprobado por los legisladores representa un ligero avance en materia penal porque va a permitir una retención de los bienes y la venta de los mismos en pública subasta, aún antes de que haya sentencia, esto en determinados casos, cuando la persona presuntamente autora de un delito de corrupción, esté prófuga, en el exterior o no haya comparecido dos veces ante la justicia. Esta reforma podría aplicarse, por ejemplo, para el excontralor Carlos Pólit.

En el artículo 69, que habla sobre las penas restrictivas de los derechos de propiedad, en su numeral dos, referente al comiso penal, se agregó el literal f que señala que se aplicará a: «Los bienes, fondos o activos y productos en propiedad de terceros, cuando estos hayan sido adquiridos con conocimiento de que proceden del cometimiento de un delito o para imposibilitar el comiso de los bienes de la persona sentenciada.”

En cuanto a la negativa de los legisladores dada a la incautación de bienes, Corral dijo que perjudica al combate de la corrupción porque deja que siga abierta la posibilidad de que los funcionarios públicos se aprovechen de recursos del Estado para beneficio personal.

“Las reformas al COIP que se aprobaron en la Asamblea Nacional son paliativos que no conducen al fondo de la situación. Yo creo que a la corrupción hay que combatirla en forma radical y definitiva porque es un ´cáncer´ que produce un daño profundo a la sociedad y a la democracia al aprovecharse de recursos públicos para provecho personal”, dijo Alfredo Corral.

Con 59 votos en contra del artículo 557, los asambleístas no aprobaron el cambio a la normativa referente a la incautación de bienes por delitos de corrupción.

Los legisladores se negaron a sustituir el art. 557 por el texto: «el producto de la venta de los bienes por delitos de producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización y lavado de activos, trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, serán invertidos en programas, proyectos y acciones previstos en el Plan Nacional de Prevención Integral de Drogas, en el Plan de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos, el Plan de Lucha Contra la Corrupción y los planes contra la trata y tráfico ilícito de personas, conforme lo presupuestado anualmente de acuerdo con la Constitución y la Ley”.

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