El Comité de Operaciones Especiales Nacional (COE-N) aprobó un nuevo protocolo para que los ecuatorianos y extranjeros residentes en Ecuador puedan regresar al país.

Uno de los cambio en el protocolo es que las personas, luego de siete días de aislamiento obligatorio, podrán pedir una prueba de covid-19 al Ministerio de Salud Pública. Crédito: Twitter Cancillería Ecuador.

La Cancillería informó que rige desde este miércoles un nuevo protocolo para que los ecuatorianos y residentes en el país que lleguen como repatriados puedan realizar su aislamiento preventivo obligatorio (APO), una de las las medidas aplicadas en la emergencia sanitaria del covid-19 en Ecuador.

Una de las disposiciones más importantes es que las personas de cinco grupos de atención prioritaria podrán hacer su aislamiento en su propio hogar, según lo anunció la Cancillería.

Los grupos de atención prioritaria son: Niños, niñas y adolescentes (hasta 18 años), y sus acompañantes; mujeres embarazadas y sus acompañantes; personas con discapacidades (con carnet del CONADIS) y sus acompañantes; personas con enfermedades catastróficas o que requieran atención o cuidados especializados, y sus acompañantes; y, personas de la tercera edad (más de 65 años) y sus acompañantes.

La Cancillería aprovechó para ratificar que las personas que no formen parte de los referidos grupos prioritarios “deberán cumplir el APO en lugares de alojamiento identificados por la autoridad competente, como hoteles o similares, según se ha procedido hasta el momento”.

Otro cambio es que las personas, luego de siete días de aislamiento obligatorio, podrán pedir una prueba de covid-19 al Ministerio de Salud Pública (MSP) y, en el caso de que sea negativa, podrán pedir una autorización para marcharse a sus hogares “a fin de poder realizar el tiempo restante de aislamiento en el domicilio, siempre y cuando se tenga un resultado negativo a covid-19 como fruto de la prueba PCR”.

Si la prueba sea negativa, el MSP autorizará al repatriado que continúe su aislamiento en su domicilio con “monitoreo por vía telefónica de su estado de salud hasta el cumplimiento de los 14 días del APO”. “Las personas que cumplan APO en sus domicilios firmarán un compromiso especial de acatamiento de las disposiciones de las autoridades sanitarias al efecto, cuya transgresión generará severas penas en el marco de la ley”, aseguró la Cancillería.

 

Fuente: El Comercio-Nota Original: LINK