En Notimundo al Día, Raúl González, insistió en que es el legítimo Superintendente de Bancos, designado por la autoridad competente que en este caso es el Consejo de Participación y Control Social (CPCCS), y posesionado por la Asamblea Nacional, pero que debido a una injerencia del sistema judicial, se inhabilitó su designación.

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Aseguró que el proceso donde fue seleccionado como titular de la Superintendencia cumplió con las cuatro fases requeridas: solicitar la terna al Ejecutivo, revisión de los requisitos, impugnación ciudadana, y exposición del plan de trabajo. No obstante, aclaró que posterior al 22 de julio, el Secretario General del CPCCS remitió los documentos para su posesión a la Asamblea, y 4 días después se presentó una acción de protección con medida cautelar donde se expone la presunta violación de los derechos de participación. «El nombre de Michelle Guerra no aparece en ningún proceso, ni interpuso una participación como veedora ciudadana», rechazó.

Aclaró que en la sentencia de la jueza Larissa Ibarra se indica la nulidad «radical» del proceso de designación, «lo que no existe en Derecho». Sin embargo, en la resolución se señala que se vuelva foja cero, algo que no sucedió, pues al conformar la comisión técnica, se evidencia que es la misma que nombró a Roberto Romero, integrada por los consejeros de mayoría del CPCCS. «Fue un total engaño (que no cumplía con principios de meritocracia, idoneidad y especialidad)», aseguró, detallando que contaba con experiencia en el sector público y privado.

Afirmó que no pertenece a un partido político y que su plan de trabajo pudo incomodar a alguien, «que quiere un Superintendente a la cara para obedecer a ciertos grupos» que no quieren un control objetivo sobre las entidades financieras. Arremetió contra los consejeros de mayoría que fueron destituidos y restituidos, pues en la nueva designación solo estaban presentes ellos y no los siete que conforman el CPCCS.

González adelantó que, una vez agotado el proceso de apelación, queda un recurso que es la acción extraordinaria de protección, que va a la Corte Constitucional, «la cual deberá pronunciarse en Derecho».

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