Tras los planes del Gobierno de convocar a las urnas a la ciudadanía, la Corte Constitucional marcó los temas que pueden ser objetos de consulta popular en el país. El abogado constitucionalista, Salim Zaidan, dijo que es necesario diferenciar lo que es consulta popular y un referéndum constitucional. 

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Puntualizó que la “supresión de Consejo de Participación Ciudadana no se puede hacer a través de una consulta porque se debe reformar parcialmente la Constitución”.Señaló que la Corte ya se ha pronunciado al respecto varias veces sobre el procedimiento que se debe realizar.

Tiene que pasar por la Asamblea Nacional, después de una decisión, se lo pone a consideración del pueblo para que ratifique lo aprobado por el Legislativo. De la misma forma funciona el sistema bicameral que se desea cambiar.

Añadió que la consulta no es el camino para aprobar proyectos de Ley, «no es lo deseable» porque el pueblo podría no estar debidamente informado sobre el proyecto y aprobarlo sin suficiente información.

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