Entre 2018 y 2019, Empresa Pública Metropolitana de Aseo (Emaseo) realizó pagos por la recolección de residuos sólidos, sin documentos que sustenten el cálculo de los desembolsos a los contratistas. El organismo de control determinó una responsabilidad civil por el monto del perjuicio a la empresa metropolitana.

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La Contraloría confirmó una glosa de USD 3’529.720 por la ausencia de documentos que respalden el cálculo pagos por el servicio de recolección de residuos sólidos en volquetas, en el Distrito Metropolitano de Quito. La sanción se desprende del examen especial a la declaratoria de emergencia emitida en la Emaseo de febrero de 2018.

La responsabilidad civil señala a siete funcionarios de la Emaseo ­ —que actuaron entre 2018 y 2019— y tres contratistas. Durante el examen especial, auditoría estableció que no se utilizaron criterios técnicos para determinar el tipo de vehículos, volumen de carga, tiempo de servicio y pago de jornadas, por lo que no se justificaron desembolsos por el monto de la glosa.

Para calcular los pagos, se multiplicó el peso neto de los residuos sólidos por el volumen de carga de las volquetas. En este procedimiento no se consideraron las dimensiones reales de los cajones de los vehículos y se cancelaron los mismos valores por todas las volquetas, aunque tenían capacidades distintas y transportaron cargas diferentes.

Según el contrato, el transporte mínimo debió ser de ocho toneladas netas por jornada o de cuatro toneladas netas por viaje. Auditoría evidenció el incumplimiento de esta condición a través de los tickets de pesaje de las estaciones de transferencia de residuos sólidos, que registraron pesos que van desde las 0.72 hasta las 2.05 toneladas netas, diarias.

Además, la Contraloría determinó que los funcionarios no planificaron la cantidad específica de volquetas necesarias para cumplir el objeto contractual, el tiempo de servicio para la recolección y el transporte de residuos sólidos. En los expedientes tampoco constaron respaldos de las mediciones y monitoreo del servicio.

Recursos

Los responsables tienen el derecho de interponer un recurso de revisión, en sede administrativa, ante la Contraloría General del Estado o en los tribunales de lo Contencioso Administrativo.