En NotiMundo Estelar, el abogado constitucionalista, Emilio Suárez, afirmó que hacer consultas populares locales sí implica una modificación a la Constitución en el artículo 407, que establece las zonas en las cuales no se pueden realizar actividades mineras.

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Indicó que este año se han propuesto cuatro consultas populares locales para obstruir la actividad minera. El jurista citó como ejemplo el caso de Colombia, donde se realizaron 150 consultas populares locales, que según dijo, provocó que la inversión extranjera en dicho país fracase.

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Además, dijo que la Corte Constitucional no ha tratado en las últimas sentencias hasta dónde se deben permitir las consultas locales y el impacto que generan cada una de ellas. Precisó que en estos casos surge la premisa de que no hay como limitar el derecho de participación de la gente.

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