En NotiMundo A La Carta, André Benavides, abogado constitucionalista, se refirió a las actuaciones recientes de los vocales del Consejo de la Judicatura (CJ) así como de los consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE). Indicó que las autoridades podrían ser llevadas a juicio político por la próxima Asamblea Nacional debido a un supuesto incumplimiento de funciones, así como vulneración al Código de la Democracia, respectivamente.

Créditos: Diario La Hora

Según explicó Benavides, en el caso de la Judicatura, hay varias causales para un juicio político, por ejemplo, sus actuaciones tras la destitución del juez nacional Walter Macías, lo cual encajaría en un incumplimiento de funciones.

A esto incluso se suma la falta de eficiencia que tiene la administración de justicia, “vemos que existen irregularidades en la gestión de la Judicatura así como el incumplimiento de disposiciones de carácter legal como lo que tiene que ver con la existencia del expediente electrónico que, hasta la fecha, los abogados siguen esperando”, reveló.

Agregó que los manifiestos que han hecho varias autoridades sobre este tema, no tienen ningún efecto jurídico; “es un pronunciamiento político”, lamentó y añadió que otras instancias tratan de meterse en esta pugna para ver de qué manera “se puede solucionar o pescar a río revuelto”.

Explicó que, aunque por el momento no exista una Asamblea Nacional, eso no limita la posibilidad de que, una vez posesionado el legislativo, este pueda realizar un control político a los actuales vocales. En esta línea, se puede plantear un juicio político que tendría como resultado la censura y destitución de los vocales.

Asimismo, Benavides recalcó que otros organismos como la Fiscalía General del Estado, los jueces, la Contraloría, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), en el ámbito de sus competencias, también pueden hacer controles de las actuaciones de las autoridades del Consejo de la Judicatura (CJ).

Nulidad del voto telemático en el exterior

Indicó que, tras las fallas en el sistema debido al presunto hackeo, se debió haber suspendido la votación y retomarla cuando se haya solventado el problema. Detalló que en el artículo 143 del Código de la Democracia están establecidas cuáles son las causales de nulidad.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) usó la tres que tiene que ver con la alteración o suplantación del padrón electoral o de las actas. Sin embargo, Benavides cuestionó que eso no tiene nada que ver con el hackeo. “¿A qué estamos jugando? o existió esta causal de nulidad o ese fue el pretexto para subsanar las irregularidades que se dieron en el voto telemático”, expresó y agregó que en la normativa no existe ningún tipo de regulación respecto del voto telemático y cuando se presentan este tipo de eventualidades.

Para Benavides, repetir las elecciones en el exterior incumple con lo establecido en el Código de la Democracia el cual dispone que, una vez declarada la nulidad, los comicios se deben desarrollar en 10 días y, en este caso, se realizarán el próximo 15 de octubre, en segunda vuelta.

Con esto, existiría una causal para un enjuiciamiento político para la autoridad electoral. A esto se suman también responsabilidades administrativas debido a que la Contraloría, por ejemplo, podría realizar una auditoria o examen especial al proceso de voto telemático y ver dónde existieron irregularidades.

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